13 de noviembre, 2018

Subió a u$s 500 el tope de compras en el exterior libre de impuestos

La AFIP elevó el monto de mercadería que una persona puede traer de países no limítrofes sin pagar aranceles por vía aérea o marítima.

La Administración Federal de Ingresos (AFIP) elevará a 500 dólares el monto de mercadería que una persona puede traer de países no limítrofes sin pagar aranceles por vía aérea o marítima, en lugar de los u$s 300 que rigen hasta ahora, informaron fuentes del organismo.

 

 

A su vez, los menores de 16 años podrán ingresar hasta u$s 250 en mercadería, sin tener que pagar un adicional, en lugar de los u$s 150 actuales. En tanto, si el ingreso al país es por medios terrestres o fluviales la franquicia es de u$s 300 y de u$s 150 hasta los 16 años inclusive.

 

 

La medida entrará en vigencia en los próximos días, a través de la Resolución General 4331, que se publicará este jueves en el Boletín Oficial.

 

 

En caso de superar la franquicia, los viajeros tendrán que abonar un arancel del 50% del valor sobre el excedente. Por ejemplo, si ingresan al país por vía área o marítima con bienes por U$S 600, el excedente es U$S 100. En consecuencia pagarán u$s 50 en impuestos.

 

 

Fuentes de la entidad explicaron que los montos que estaban vigentes eran de 1994, y que ahora, con este aumento permitirá ponerse «en línea con lo que rige en el Mercosur».

 

 

Cabe destacar que no se producen modificaciones en las franquicias para los free shops de llegada; ni tampoco cambian los límites para el ingreso y egreso de valores, sin importar el medio de transporte.

 

 

Además, continuarán exceptuados del pago del arancel la compra en el exterior de una notebook o una tablet, más un teléfono celular.