Ganancias: AFIP prorroga hasta el 31 de marzo plazo para informar deducciones
29 de diciembre, 2016

Ganancias: AFIP prorroga hasta el 31 de marzo plazo para informar deducciones

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó hoy en el Boletín Oficial su Calendario Impositivo para el año 2017, donde estableció que los vencimientos de Bienes Personales y Ganancias para personas operarán a partir de junio próximo, en lugar de abril como sucedía hasta ahora.

 

 

Los cambios apuntan a facilitar el vencimiento de estos impuestos con la fecha de finalización del Sinceramiento Fiscal, que concluye el 31 de marzo de 2017, y en el cual hasta el momento se han declarado cuentas bancarias y bienes por más de u$s 90.000 millones.

 

El calendario se publicó a través de las resoluciones generales 3.968 y 3.969, y se establecieron las fechas en que vencen impuestos como el IVA, Créditos y Débitos y Combustibles, entre otros.

 

El ente recaudador aclaró que a partir del ejercicio fiscal 2017, todas las declaraciones de deducciones deberán realizarse a través de un formulario electrónico. Ese papel se encuentra en el «Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG)-TRABAJADOR» de la página web de la AFIP, que permite la transferencia electrónica de los datos contenidos en el formulario de declaración jurada F. 572, según el texto oficial.

 

El organismo aclaró que para ingresar al servicio, los aludidos contribuyentes deberán -previamente- informar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono particular, en el sitio web institucional.

 

También explicó que «con carácter de excepción y únicamente con relación al período fiscal 2016, la transferencia electrónica de los datos contenidos en el formulario de declaración jurada F.572 Web podrá efectuarse hasta el 31 de marzo de 2017, inclusive, y el agente de retención realizará la correspondiente liquidación anual hasta el 30 de abril de 2017, inclusive».