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En la cámara de origen, la iniciativa enviada por el Ejecutivo recibió un pack de arañazos de parte del serpenteante líder del Frente Renovador, Sergio Massa. Con el apoyo de magistrados y colegios de abogados, los senadores limpiaron el enchastre. Por caso, el FR incluyó todos los delitos del Código Penal; ahora, los senadores retomaron la propuesta inicial del Ejecutivo, que apunta a englobar sólo las infracciones relacionadas con corrupción.
Entre los delitos en cuestión aparecen el cohecho; tráfico de influencias, nacional o transnacional; las negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas; la concusión -uso de cargo para hacer pagar a una persona una contribución que no le corresponde-; y el enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados. También se agregaron los balances e informes falsos agravados. También se desactivó ayer la imprescriptibilidad de las infracciones comprendidas en la ley. De hecho, el Senado votó que la acción penal respecto de las personas jurídicas prescriba a los seis años de la comisión del delito o, si éste fuese continuo, del momento en que cesó de cometerse.
Las personas jurídicas serán responsables por delitos «que hubieren sido realizados, directa o indirectamente, con su intervención o en su nombre, interés o beneficio», o en el caso que fuera «un tercero que careciere de atribuciones para obrar en representación de ella, siempre que la persona jurídica hubiese ratificado la gestión, aunque de manera tácita». En cambio, las empresas quedarán exentas de responsabilidad «sólo si la persona humana que cometió el delito hubiere actuado en su exclusivo beneficio y sin generar provecho alguno para aquella».
Por otra parte, se establecerá un pago de entre dos y cinco veces el beneficio indebido obtenido; suspensión total o parcial de actividades, que en ningún caso podrá exceder de 10 años; mismo período para participar en concursos o licitaciones estatales de obras o servicios públicos o en cualquier otra actividad vinculada con el Estado; disolución y liquidación de la personería cuando hubiese sido creada al solo efecto de la comisión del delito, o esos actos constituyan la principal actividad de la entidad; pérdida o suspensión de los beneficios estatales que tuviere; y la publicación de un extracto de la sentencia condenatoria a costa de la persona jurídica.
Habrá exención de pena para quien «espontáneamente haya denunciado un delito previsto como consecuencia de una actividad propia de detección e investigación interna»; o «implementado un sistema de control y supervisión con anterioridad al hecho del proceso» ; o quien «hubiere devuelto el beneficio indebido obtenido».
Otro artículo permitirá -al igual que debatió Diputados- que la persona jurídica y el Ministerio Público Fiscal puedan celebrar «un acuerdo de colaboración eficaz, por medio del cual aquella se obliga a cooperar a través de la revelación de información o datos precisos, útiles y comprobables para el esclarecimiento de los hechos, la identificación de sus autores o partícipes o el recupero del producto o las ganancias del delito», que «podrá celebrarse hasta la citación a juicio». Además, los senadores concluyeron que no existe motivo para que una pyme que cometió un delito no sea sancionada por su actuar ilícito.
Diputados espera el miércoles próximo el informe de gestión del jefe de Gabinete, Marcos Peña. En las últimas horas, legisladores de esa cámara analizaron la posibilidad de realizar una sesión especial esa misma tarde -o al siguiente día- para convertir en ley el proyecto votado ayer por el Senado, junto a la prórroga de la ley que impide los desalojos de tierras indígenas (ver página 11). Sin embargo, anoche comenzó a perder fuerza, por lo que ese debate quedaría, en principio, para luego de las elecciones del 22-O.
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