Aunque el gobierno de Javier Milei celebró que el desempleo bajó al 6,6% en el tercer trimestre, en Casa Rosada buscan soslayar que el empleo creció casi exclusivamente en el segmento del trabajo informal.
El organismo recaudador actualizó por inflación los montos exentos de tributar según cada concepto.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos no sujetos a retención en el Impuesto a las Ganancias, a través de la resolución general 4525/2019 publicada este lunes en el Boletín Oficial.
A partir de esta nueva resolución cuando, por aplicación del régimen, resultara un importe a retener inferior a 240 pesos, no corresponderá efectuar tal retención,en lugar de los 150 pesos vigentes hasta ahora.
También se incrementó de 650 a 1.020 pesos el importe mínimo de la retención cuando se trate de alquileres de inmuebles urbanos percibidos por beneficiarios no inscriptos en Ganancias.
La resolución destaca que la AFIP estableció regímenes de retención y excepcional de ingreso del impuesto a las Ganancias sobre determinadas rentas de distintas categorías.
A continuación, el detalle del nuevo régimen:
Aunque el gobierno de Javier Milei celebró que el desempleo bajó al 6,6% en el tercer trimestre, en Casa Rosada buscan soslayar que el empleo creció casi exclusivamente en el segmento del trabajo informal.
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