
Un ex directivo de ANSES había pedido que se declare inconstitucional la norma que modificó la fórmula de movilidad previsional.
En su decisión, la titular del Juzgado de la Seguridad Social Nº 8, la jueza Adriana Cammarata, argumentó que el cambio de la fórmula previsional no representa una «violación alguna al derecho de propiedad del actor», al tiempo que deslegitima los argumentos utilizados por el reclamante como habilitante para un virtual pedido colectivo.
La presentación judicial había sido presentada por un ex directivo de Anses, Miguel Ángel Fernández Pastor, para que se declare inconstitucional la ley 27.426 que modificó la fórmula de movilidad previsional.
En la resolución, la magistrada sostuvo que Fernández Pastor obtuvo su beneficio previsional con anterioridad a la sanción y entrada en vigencia de la ley. Por lo tanto, la jueza señaló que «al no resultarle aplicable la norma que cuestiona, no detenta legitimación alguna» su reclamo.
Asimismo, la magistrada reconoce que es «bastante inferior» lo que recibiría como pago en marzo en concepto de jubilación, respecto al monto que hubiera arrojado la fórmula de cálculo anterior.
Sin embargo, Cammarata aclaró que antes la fórmula era semestral y ahora es trimestral, por lo que esa baja la verá compensada en el próximo pago de junio, entre otros aspectos que revisa la jueza respecto a la presentación del jubilado.
Vale recordar que la ley establece que desde marzo las jubilaciones, pensiones y Asignación Universal por Hijo se actualizarán en forma trimestral en base a un sistema combinado entre la variación de la inflación (en un 70%) y del aumento salarial promedio (un 30%).
La ley de reforma previsional se sancionó durante la mañana del 18 de diciembre pasado en la Cámara de Diputados después de 17 horas de debate y tras una jornada que estuvo marcada por gravísimos incidentes en las inmediaciones del Parlamento. La Cámara de Diputados aprobó el proyecto con 127 votos a favor, 117 votos en contra, 2 abstenciones y 10 ausentes.
La oposición denunció en el debate que la norma generará el año próximo un recorte de hasta 100 mil millones de pesos en el monto destinado a los jubilados y pensionados, en comparación con lo que marcaba la Ley de Movilidad Jubilatoria, que estaba vigente desde 2008.
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